Editorial: insiste la Corte

Febrero 14 de 2025

Augusto Galán Sarmiento MD. MPA 
Director Centro de Pensamiento Así Vamos en Salud 
 

No habían pasado dos semanas desde el Auto sobre Prepuesto Máximo publicado el 21 de enero de 2025 por la Sala de seguimiento a la Sentencia T-760/2008, para que la misma Sala de la Corte Constitucional expidiera un nuevo Auto (el 007 de 2025). Este último de una inmensa trascendencia, no solo como respuesta al momento coyuntural por el que atraviesa el sistema de salud, sino por la importancia del contenido relacionado con la famosa Unidad de Pago por Capitación (UPC), frente al seguimiento de las órdenes 21ª y 22ª de que trata la histórica Sentencia de 2008; las cuales señalan que el Estado es responsable de la financiación suficiente y sostenible del sistema de salud.

La Corte no se limita a declarar que el Estado ha incumplido esas dos órdenes y como consecuencia no ha garantizado la suficiencia de la UPC, lo que pone en riesgo la sostenibilidad del sistema de salud y el acceso a los servicios médicos.

Para llegar a su conclusión, resalta cinco razones principales que no han sido debidamente solucionadas a los largo de los últimos 12 años, sobre las que ha insistido en 13 Autos durante ese tiempo y por las cuales considera que se ha llegado a ese incumplimiento: deficiencias en la calidad de la información del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS); baja calidad de los datos reportados por las EPS del régimen subsidiado (RS) para calcular la UPC; registros inadecuados sobre la frecuencia de uso de los servicios de salud en el RS; falta de evidencia sobre la suficiencia de la UPC y falta de equiparación del valor de la prima del RS al 95 % de la del régimen contributivo (RC).

La Corte señala que se ha evidenciado un aumento en la siniestralidad y una profundización del déficit financiero. De igual manera indica que el Estado no ha actualizado la UPC acorde al aumento real de los costos del sistema. Así mismo considera que la pandemia incrementó la demanda de servicios médicos, pero estos aumentos no se reflejaron en la UPC y destaca que algunos actores del sector salud afirman que los cálculos oficiales han subestimado los verdaderos costos. Además, vuelve a resaltar los problemas metodológicos para el cálculo de la UPC.

El Auto 007 de 2025 señala además que la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) se ha agravado en los últimos dos a tres años, debido a diversos factores que han afectado la estabilidad financiera del sistema de salud, tales como las pérdidas acumuladas y el deterioro del patrimonio de las EPS; un déficit financiero creciente desde el año 2021; el impacto de variaciones macroeconómicas como la inflación, la devaluación del peso y el aumento de salarios, en especial durante los años 2022 y 2023; el aumento progresivo de la siniestralidad desde el año 2015; y la ya mencionada subestimación de costos en el cálculo de la UPC. Todos estos factores, como hemos señalado la mayoría de los agentes del sistema, han sido desconocidos por el actual gobierno nacional.

También la Corte cuestiona que la Superintendencia de Salud ha intervenido varias EPS por incumplimiento de requisitos de habilitación financiera, lo cual ha afectado el acceso a los servicios de salud para millones de afiliados y se han reportado dificultades en la contratación con hospitales y clínicas, lo que ha generado atrasos en pagos y reducción en la capacidad de atención.

El Auto ordena en término perentorio la financiación suficiente y sostenible del sistema de salud para lo cual el Ministerio de Salud debe convocar a una mesa de trabajo técnica con la participación de varias entidades del Estado y los agentes relevantes del sector; establece también que se requiere revisar el rezago de la UPC desde 2021 y recalcular la prima considerando el uso real de los servicios. Además, dictamina que se investigue lo que requiere ser investigado.

Contrario a lo que debe ser el recto proceder, la respuesta del gobierno nacional en cabeza del ministerio de Salud ha sido la utilización de recursos para dilatar, y eventualmente evadir, el cumplimiento de las órdenes impartidas por la máxima autoridad constitucional del país. Mientras eso ocurre los usuarios y pacientes continúan el progresivo deterioro de su bienestar con el incremento del riesgo para sus vidas; y las clínicas y hospitales se ven paulatinamente avocadas a cerrar servicios y deteriorar la calidad de su atención.

No hay más, el ministro de salud, con la garantía del ministerio de Hacienda, deben cumplir las órdenes de la Corte Constitucional. Los recursos que fueron desviados desde el aseguramiento en salud hacia equipos territoriales de salud e infraestructura no han tenido transparencia en su ejecución y deben retornar a su destino original. Es un primer paso hacia el cumplimiento del mandato de la Corte. Son 4,3 billones en el presupuesto del presente año.

No habían pasado dos semanas desde el Auto sobre Prepuesto Máximo publicado el 21 de enero de 2025 por la Sala de seguimiento a la Sentencia T-760/2008, para que la misma Sala de la Corte Constitucional expidiera un nuevo Auto (el 007 de 2025). Este último de una inmensa trascendencia, no solo como respuesta al momento coyuntural por el que atraviesa el sistema de salud, sino por la importancia del contenido relacionado con la famosa Unidad de Pago por Capitación (UPC), frente al seguimiento de las órdenes 21ª y 22ª de que trata la histórica Sentencia de 2008; las cuales señalan que el Estado es responsable de la financiación suficiente y sostenible del sistema de salud.

La Corte no se limita a declarar que el Estado ha incumplido esas dos órdenes y como consecuencia no ha garantizado la suficiencia de la UPC, lo que pone en riesgo la sostenibilidad del sistema de salud y el acceso a los servicios médicos.

Para llegar a su conclusión, resalta cinco razones principales que no han sido debidamente solucionadas a los largo de los últimos 12 años, sobre las que ha insistido en 13 Autos durante ese tiempo y por las cuales considera que se ha llegado a ese incumplimiento: deficiencias en la calidad de la información del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS); baja calidad de los datos reportados por las EPS del régimen subsidiado (RS) para calcular la UPC; registros inadecuados sobre la frecuencia de uso de los servicios de salud en el RS; falta de evidencia sobre la suficiencia de la UPC y falta de equiparación del valor de la prima del RS al 95 % de la del régimen contributivo (RC).

La Corte señala que se ha evidenciado un aumento en la siniestralidad y una profundización del déficit financiero. De igual manera indica que el Estado no ha actualizado la UPC acorde al aumento real de los costos del sistema. Así mismo considera que la pandemia incrementó la demanda de servicios médicos, pero estos aumentos no se reflejaron en la UPC y destaca que algunos actores del sector salud afirman que los cálculos oficiales han subestimado los verdaderos costos. Además, vuelve a resaltar los problemas metodológicos para el cálculo de la UPC.

El Auto 007 de 2025 señala además que la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) se ha agravado en los últimos dos a tres años, debido a diversos factores que han afectado la estabilidad financiera del sistema de salud, tales como las pérdidas acumuladas y el deterioro del patrimonio de las EPS; un déficit financiero creciente desde el año 2021; el impacto de variaciones macroeconómicas como la inflación, la devaluación del peso y el aumento de salarios, en especial durante los años 2022 y 2023; el aumento progresivo de la siniestralidad desde el año 2015; y la ya mencionada subestimación de costos en el cálculo de la UPC. Todos estos factores, como hemos señalado la mayoría de los agentes del sistema, han sido desconocidos por el actual gobierno nacional.

También la Corte cuestiona que la Superintendencia de Salud ha intervenido varias EPS por incumplimiento de requisitos de habilitación financiera, lo cual ha afectado el acceso a los servicios de salud para millones de afiliados y se han reportado dificultades en la contratación con hospitales y clínicas, lo que ha generado atrasos en pagos y reducción en la capacidad de atención.

El Auto ordena en término perentorio la financiación suficiente y sostenible del sistema de salud para lo cual el Ministerio de Salud debe convocar a una mesa de trabajo técnica con la participación de varias entidades del Estado y los agentes relevantes del sector; establece también que se requiere revisar el rezago de la UPC desde 2021 y recalcular la prima considerando el uso real de los servicios. Además, dictamina que se investigue lo que requiere ser investigado.

Contrario a lo que debe ser el recto proceder, la respuesta del gobierno nacional en cabeza del ministerio de Salud ha sido la utilización de recursos para dilatar, y eventualmente evadir, el cumplimiento de las órdenes impartidas por la máxima autoridad constitucional del país. Mientras eso ocurre los usuarios y pacientes continúan el progresivo deterioro de su bienestar con el incremento del riesgo para sus vidas; y las clínicas y hospitales se ven paulatinamente avocadas a cerrar servicios y deteriorar la calidad de su atención.

No hay más, el ministro de salud, con la garantía del ministerio de Hacienda, deben cumplir las órdenes de la Corte Constitucional. Los recursos que fueron desviados desde el aseguramiento en salud hacia equipos territoriales de salud e infraestructura no han tenido transparencia en su ejecución y deben retornar a su destino original. Es un primer paso hacia el cumplimiento del mandato de la Corte. Son 4,3 billones en el presupuesto del presente año.

No habían pasado dos semanas desde el Auto sobre Prepuesto Máximo publicado el 21 de enero de 2025 por la Sala de seguimiento a la Sentencia T-760/2008, para que la misma Sala de la Corte Constitucional expidiera un nuevo Auto (el 007 de 2025). Este último de una inmensa trascendencia, no solo como respuesta al momento coyuntural por el que atraviesa el sistema de salud, sino por la importancia del contenido relacionado con la famosa Unidad de Pago por Capitación (UPC), frente al seguimiento de las órdenes 21ª y 22ª de que trata la histórica Sentencia de 2008; las cuales señalan que el Estado es responsable de la financiación suficiente y sostenible del sistema de salud.

La Corte no se limita a declarar que el Estado ha incumplido esas dos órdenes y como consecuencia no ha garantizado la suficiencia de la UPC, lo que pone en riesgo la sostenibilidad del sistema de salud y el acceso a los servicios médicos.

Para llegar a su conclusión, resalta cinco razones principales que no han sido debidamente solucionadas a los largo de los últimos 12 años, sobre las que ha insistido en 13 Autos durante ese tiempo y por las cuales considera que se ha llegado a ese incumplimiento: deficiencias en la calidad de la información del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS); baja calidad de los datos reportados por las EPS del régimen subsidiado (RS) para calcular la UPC; registros inadecuados sobre la frecuencia de uso de los servicios de salud en el RS; falta de evidencia sobre la suficiencia de la UPC y falta de equiparación del valor de la prima del RS al 95 % de la del régimen contributivo (RC).

La Corte señala que se ha evidenciado un aumento en la siniestralidad y una profundización del déficit financiero. De igual manera indica que el Estado no ha actualizado la UPC acorde al aumento real de los costos del sistema. Así mismo considera que la pandemia incrementó la demanda de servicios médicos, pero estos aumentos no se reflejaron en la UPC y destaca que algunos actores del sector salud afirman que los cálculos oficiales han subestimado los verdaderos costos. Además, vuelve a resaltar los problemas metodológicos para el cálculo de la UPC.

El Auto 007 de 2025 señala además que la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) se ha agravado en los últimos dos a tres años, debido a diversos factores que han afectado la estabilidad financiera del sistema de salud, tales como las pérdidas acumuladas y el deterioro del patrimonio de las EPS; un déficit financiero creciente desde el año 2021; el impacto de variaciones macroeconómicas como la inflación, la devaluación del peso y el aumento de salarios, en especial durante los años 2022 y 2023; el aumento progresivo de la siniestralidad desde el año 2015; y la ya mencionada subestimación de costos en el cálculo de la UPC. Todos estos factores, como hemos señalado la mayoría de los agentes del sistema, han sido desconocidos por el actual gobierno nacional.

También la Corte cuestiona que la Superintendencia de Salud ha intervenido varias EPS por incumplimiento de requisitos de habilitación financiera, lo cual ha afectado el acceso a los servicios de salud para millones de afiliados y se han reportado dificultades en la contratación con hospitales y clínicas, lo que ha generado atrasos en pagos y reducción en la capacidad de atención.

El Auto ordena en término perentorio la financiación suficiente y sostenible del sistema de salud para lo cual el Ministerio de Salud debe convocar a una mesa de trabajo técnica con la participación de varias entidades del Estado y los agentes relevantes del sector; establece también que se requiere revisar el rezago de la UPC desde 2021 y recalcular la prima considerando el uso real de los servicios. Además, dictamina que se investigue lo que requiere ser investigado.

Contrario a lo que debe ser el recto proceder, la respuesta del gobierno nacional en cabeza del ministerio de Salud ha sido la utilización de recursos para dilatar, y eventualmente evadir, el cumplimiento de las órdenes impartidas por la máxima autoridad constitucional del país. Mientras eso ocurre los usuarios y pacientes continúan el progresivo deterioro de su bienestar con el incremento del riesgo para sus vidas; y las clínicas y hospitales se ven paulatinamente avocadas a cerrar servicios y deteriorar la calidad de su atención.

No hay más, el ministro de salud, con la garantía del ministerio de Hacienda, deben cumplir las órdenes de la Corte Constitucional. Los recursos que fueron desviados desde el aseguramiento en salud hacia equipos territoriales de salud e infraestructura no han tenido transparencia en su ejecución y deben retornar a su destino original. Es un primer paso hacia el cumplimiento del mandato de la Corte. Son 4,3 billones en el presupuesto del presente año.