Proyecto de Ley 209 de 2018 - Servicio Social Complementario
“Por medio del cual se establece el servicio complementario adscrito al Sistema General Seguridad Social en Salud en atender el transporte, manutención y alojamiento del paciente y su acompañante con criterios de eficiencia y transparencia”
El proyecto de ley tiene por objeto crear el servicio social complementario adscrito al Sistema General de Seguridad Social en Salud que financie el transporte, alojamiento y manutención para el paciente y un acompañante cuando requiera de la atención de un servicio de salud en las condiciones previstas en la presente ley.
Esta iniciativa va dirigida a las entidades promotoras de salud, las cuales programarán, planearán y diseñarán la forma eficiente de atender los gastos derivados del transporte, manutención y el alojamiento, en caso de que la atención de un servicio de salud de un usuario que cumpla las siguientes características:
- Requiera trasladarse a un municipio diferente al de su residencia porque el servicio no puede ser prestado oportunamente o exista en su municipio de residencia.
- Pertenecer a los niveles I o II del SISBÉN.
- No cuenta con capacidad de pago, ni tampoco su familia para cubrir los gastos de transporte, manutención o alojamiento
- Bajo criterio del médico tratante, el usuario requiera de un tercero para desplazarse y garantizar su integridad física, así como el ejercicio adecuado de sus labores cotidianas.